Ley de ingresos vencida: la SCJN sobresee la controversia constitucional
Controversia constitucional. Procede el sobreseimiento cuando sólo se impugna una norma de vigencia anual y han cesado sus efectos.
El criterio
El Ejecutivo Federal impugnó cuotas de la Ley de Ingresos de San Pedro Cholula, Puebla, para 2025, por licencias a quienes almacenan o comercializan gas, gasolina y otros hidrocarburos, al considerar invadida la competencia federal. El Pleno sostuvo que, si al resolver la norma anual ya dejó de regir y no subsisten efectos concretos, procede sobreseer, porque una invalidez carecería de eficacia.
Nuestra lectura
El criterio no resuelve si los municipios pueden cobrar estas licencias a gasolineras y distribuidores de gas; simplemente evita el fondo. Para el sector energético, el efecto práctico es que la controversia entre poderes no sirve de escudo: cuando la SCJN resuelve, el ejercicio ya terminó. La protección para la empresa sigue estando en su propio amparo contra cada ley de ingresos, promovido en tiempo. Coincidimos con la lógica procesal, pero deja un hueco: cuotas cuestionadas pueden repetirse año con año sin un pronunciamiento de fondo. Conviene no depender de litigios ajenos.
Qué hacer
- Si opera estaciones de servicio o distribución de gas, evaluar amparo propio contra cada ley de ingresos municipal.
- Verificar si la cuota impugnada se repite en la ley de ingresos del ejercicio siguiente.
Ficha
- Instancia
- Pleno
- Tipo
- Jurisprudencia
- Identificación
- P./J. 81/2026 (12a.)
- Registro digital
- 2032156
- Publicación
- 22 de mayo de 2026
- Materia
- Amparo y constitucional
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Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.