Si el IMSS declara abandonada tu corrección patronal, puedes demandar la nulidad
Juicio contencioso administrativo Federal. Procede contra el oficio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante el cual declara abandonado el trámite de corrección patronal.
El criterio
Una empresa demandó ante el TFJA la resolución del IMSS que declaró abandonado su trámite de corrección patronal. La Sala lo consideró improcedente porque el trámite podía iniciarse de nuevo. En amparo directo, el Colegiado resolvió lo contrario: el abandono equivale a una negativa definitiva, pues la nueva solicitud sólo puede referirse al ejercicio inmediato anterior y se pierde la oportunidad de corregir el ejercicio original.
Nuestra lectura
El criterio corrige una salida cómoda: declarar improcedente porque «puedes volver a empezar» ignora que, en la corrección patronal, volver a empezar significa cambiar de ejercicio. El tribunal mira la consecuencia real, no la etiqueta del oficio. Esto importa a patrones que usan la corrección para evitar una visita domiciliaria del IMSS. En nuestra experiencia, el abandono suele derivar de requerimientos mal atendidos o de plazos internos mal controlados; ahora existe defensa, pero sigue siendo preferible no llegar ahí. El argumento de fondo, que el procedimiento es reglado y no discrecional, también sirve para combatir otras resoluciones del Instituto.
Qué hacer
- Si el IMSS declaró abandonado un trámite de corrección, computar de inmediato el plazo para el juicio de nulidad.
- Asignar un responsable y un calendario a cada requerimiento del IMSS dentro del trámite de corrección.
- Citar este criterio ante la Sala si se plantea la improcedencia por falta de definitividad.
Ficha
- Instancia
- T.C.C.
- Tipo
- Tesis Aislada
- Identificación
- VI.3o.A.35 A (12a.)
- Registro digital
- 2032331
- Publicación
- 26 de junio de 2026
- Materia
- Defensa fiscal y contencioso
- Consultar fuente oficial ↗
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Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.