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Precedentes · Catálogo

Precedentes: Mercantil y civil

32 resultados. Criterios de la Suprema Corte, de los tribunales federales y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en nuestras áreas de práctica. Cada uno con una explicación breve y, en los más relevantes, nuestra lectura.

Fiscal · Defensa fiscal y contencioso · Amparo y constitucional · Comercio exterior y aduanas · Laboral y seguridad social · Prevención de lavado de dinero · Administrativo y otros

  • Carga de la prueba en créditos educativos. Debe distribuirse conforme a los criterios de facilidad y disponibilidad probatoria, atendiendo a la asimetría estructural de la relación subyacente.

    En juicios ejecutivos mercantiles por créditos educativos, la carga de la prueba recae en quien tiene mejor acceso a ella. Si el acreditado aporta indicios razonables, como correos dentro del sistema de la institución, a ésta le toca desvirtuarlos.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · I.10o.C.27 C (12a.) · 30 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Crédito educativo. Configura una relación contractual de consumo caracterizada por asimetría estructural entre las partes.

    El crédito educativo, aunque se documente con pagarés, es una relación de consumo de adhesión con asimetría estructural. El tribunal no lo analiza solo con categorías mercantiles tradicionales, lo que pesa en la ejecución de esos títulos.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · I.10o.C.25 C (12a.) · 30 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Crédito educativo. Su naturaleza como instrumento financiero finalista vinculado al derecho a la educación impide analizarlo como una operación crediticia ordinaria.

    El crédito educativo es un financiamiento con destino predeterminado, vinculado al derecho a la educación. Los pagarés que lo garantizan deben valorarse junto con la relación que les dio origen, no como una operación crediticia ordinaria.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · I.10o.C.26 C (12a.) · 30 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Nulidad de los actos jurídicos. La obligación de restituirse mutuamente lo recibido o percibido como consecuencia de su declaración es aplicable tanto a la nulidad absoluta como a la relativa.

    La obligación de restituirse mutuamente lo recibido por un acto anulado (artículo 2239 del Código Civil Federal) aplica tanto a la nulidad absoluta como a la relativa. Conviene tenerlo en cuenta al pedir la nulidad de un contrato.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · VI.3o.A.67 A (12a.) · 30 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Posesión derivada de un contrato de arrendamiento. No constituye un derecho personalísimo que se extinga con la muerte del arrendatario, por lo que su restitución en cumplimiento de una ejecutoria de amparo debe materializarse en favor de su sucesión.

    La posesión derivada de un arrendamiento no se extingue con la muerte del arrendatario. Si un amparo anula un lanzamiento de locales comerciales, la posesión debe restituirse a la sucesión, por conducto del albacea.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · I.9o.C.1 C (12a.) · 30 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Vía mercantil. Procede cuando se ejerce la acción directa contra la aseguradora para exigir el cumplimiento de un contrato de seguro de responsabilidad civil, en términos del artículo 147 de la ley sobre el contrato de seguro.

    La acción directa del tercero dañado contra la aseguradora, conforme al artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, se tramita en la vía mercantil aunque se reclame daño moral, siempre que no se debata la responsabilidad del asegurado. Interesa a empresas aseguradas y a sus aseguradoras.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Jurisprudencia · V.3o.C.T. J/1 C (12a.) · 23 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Arrendamiento inmobiliario respecto de locales ubicados en plazas comerciales. Procede la vía oral mercantil para resolver las controversias derivadas de los contratos relativos cuando se celebren con propósito de especulación comercial [Aplicabilidad de la tesis jurisprudencial 1a./j. 170/2023 (11a.)].

    El arrendamiento de locales en plazas comerciales celebrado con propósito de especulación comercial es mercantil, y sus controversias, como la rescisión, se tramitan en la vía oral mercantil. Sirve a propietarios e inquilinos para elegir la vía correcta y evitar desechamientos.

    Tribunales Colegiados de Circuito · Aislada · I.16o.C.19 C (12a.) · 23 de octubre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Caducidad de la instancia en materia civil. Opera aun cuando no haya sido emplazada la parte demandada (Interpretación conforme del artículo 130 bis, párrafo quinto, del código de procedimientos civiles del estado de campeche).

    En materia civil, la caducidad de la instancia opera aunque no se haya emplazado al demandado, según la interpretación conforme del artículo 130 Bis, párrafo quinto, del Código de Procedimientos Civiles de Campeche. El actor que abandona el juicio pierde la instancia, no el derecho.

    Tribunales Colegiados de Circuito (TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032648 · 25 de septiembre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Responsabilidad civil extracontractual. Se rige por la ley del lugar de los hechos, independientemente de que la competencia para conocer del asunto le corresponda a la autoridad de otro estado

    La responsabilidad civil extracontractual se rige por la ley del lugar donde ocurrieron los hechos, aunque el juicio corresponda a una autoridad de otra entidad. Para accidentes o daños en operaciones multi-estatales, determine la ley aplicable por el lugar del hecho.

    Tribunales Colegiados de Circuito (OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032632 · 11 de septiembre de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Pólizas de fianza. La responsabilidad de la afianzadora deriva del contrato de fianza respectivo, así como de las resoluciones judiciales que modifiquen la obligación garantizada.

    La responsabilidad de la afianzadora nace del contrato de fianza y de las resoluciones judiciales que modifiquen la obligación garantizada, no de las instrucciones del particular que la contrata. Al contratar una fianza, revise bien su texto y alcance.

    Tribunales Colegiados de Circuito (DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032527 · 21 de agosto de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Prohibición de explotación de la persona por la persona. Cuando se analice el cumplimiento de un contrato de servicios profesionales, la persona juzgadora debe verificar que las contraprestaciones pactadas no la inobserven.

    Al analizar el cumplimiento de un contrato de servicios profesionales, el juzgador debe verificar que las contraprestaciones pactadas no contravengan la prohibición de explotación del hombre por el hombre.

    Tribunales Colegiados de Circuito (DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032426 · 10 de julio de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Prohibición de explotación de la persona por la persona. Su análisis es posible en relaciones jurídicas entre personas morales, cuando la afectación a la dignidad se proyecta en las personas físicas que la integran.

    El criterio permite analizar la prohibición de explotación del hombre por el hombre en contratos entre personas morales, si el aprovechamiento desproporcionado afecta la dignidad de las personas físicas que las integran. Abre un argumento adicional contra cláusulas abusivas entre empresas.

    Tribunales Colegiados de Circuito (DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032427 · 10 de julio de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Créditos contra la masa en el concurso mercantil. Son los contraídos con posterioridad al inicio del concurso mercantil y al dictado de la sentencia de declaración, con excepción de los créditos laborales, fiscales y aquellos con garantía real.

    Son créditos contra la masa los contraídos tras el inicio del concurso mercantil y la sentencia de declaración, salvo los laborales, fiscales y con garantía real.

    Tribunales Colegiados de Circuito (QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032255 · 12 de junio de 2026 · Consultar fuente oficial ↗ · Leer comentario →
  • Prueba testimonial foránea en el juicio ejecutivo mercantil oral. Procede desecharla cuando no se ofrece en términos del artículo 1269 del Código de Comercio.

    En el juicio ejecutivo mercantil oral puede desecharse la testimonial de quien reside fuera de la jurisdicción del juzgado si se ofrece sin cumplir el artículo 1269 del Código de Comercio, por ejemplo sin exhibir el pliego de preguntas.

    Tribunales Colegiados de Circuito (QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032274 · 12 de junio de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Nulidad de transferencias electrónicas bancarias. Cuando se demanda en el juicio oral mercantil es innecesario llamar como terceros a los titulares de las cuentas de destino.

    Al demandar en juicio oral mercantil la nulidad de transferencias electrónicas, no es necesario llamar como terceros a los titulares de las cuentas de destino.

    Tribunales Colegiados de Circuito (TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO) · Jurisprudencia · 2032172 · 22 de mayo de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Acción directa del tercero dañado contra la aseguradora en términos del artículo 147 de la ley sobre el contrato de seguro. La vía procedente es la civil, pues se determina por el hecho generador de la responsabilidad y no por la existencia del contrato de seguro.

    La acción directa del tercero dañado contra la aseguradora (artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro) se tramita en la vía civil, porque la vía depende del hecho generador de la responsabilidad y no del contrato de seguro.

    Tribunales Colegiados de Circuito (DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO) · Aislada · 2032068 · 8 de mayo de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Emplazamiento a juicio civil. Cuando se practique con una persona distinta al pariente o doméstico del interesado, es indispensable que quien reciba la cédula de notificación viva en el domicilio (Artículo 112, tercer párrafo, del código de procedimientos civiles para el estado de san luis potosí).

    Si el emplazamiento no se hace con un pariente o doméstico, el actuario debe cerciorarse de que quien recibe la cédula vive en el domicilio (artículo 112, tercer párrafo, del Código de Procedimientos Civiles de San Luis Potosí).

    Tribunales Colegiados de Circuito (CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LOS MOCHIS, SINALOA) · Aislada · 2032053 · 24 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Supletoriedad del código nacional de procedimientos civiles y familiares. Es improcedente en el ámbito Federal hasta en tanto no inicie su vigencia, conforme al artículo segundo transitorio del decreto por el que se expidió el citado código.

    El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares no puede aplicarse supletoriamente en el ámbito federal mientras no inicie su vigencia, conforme al artículo segundo transitorio de su decreto.

    Tribunales Colegiados de Circuito (TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL OCTAVO CIRCUITO) · Aislada · 2032065 · 24 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Prescripción. Debe excluirse del cómputo del plazo respectivo el periodo de suspensión de labores jurisdiccionales derivado de la pandemia por el virus sars-cov-2 (Covid-19) (Artículo 1176 del Código Civil Federal).

    En el cómputo de la prescripción conforme al artículo 1176 del Código Civil Federal debe descontarse el periodo de suspensión de labores jurisdiccionales por la pandemia de COVID-19. Al revisar plazos de cobro o defensa, revise si ese periodo aplica.

    Pleno de la SCJN · Jurisprudencia · 2032013 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Providencias precautorias de retención de cuentas bancarias dictadas en el juicio ejecutivo mercantil de cuantía menor. Previamente a la promoción del juicio de amparo indirecto en su contra debe agotarse el recurso de revocación.

    Contra las providencias precautorias de retención de cuentas bancarias en el juicio ejecutivo mercantil de cuantía menor, primero debe agotarse el recurso de revocación. Saltarlo expone el amparo indirecto a ser improcedente.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Jurisprudencia · 2032012 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Prueba pericial en grafoquímica (Datación de tintas). Es inadmisible la consistente en la aplicación de ácido clorhídrico sobre títulos de crédito para determinar su antigüedad.

    No se admite la pericial en grafoquímica que consista en aplicar ácido clorhídrico a un título de crédito para fechar la tinta. Útil para objetar este tipo de prueba cuando se cuestiona la antigüedad de un documento.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Jurisprudencia · 2032015 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Datación de tintas en documentos cuestionados. Las técnicas de cromatografía de gases y de líquidos son las metodologías científicamente validadas para su determinación

    Para fechar tintas en documentos cuestionados, las metodologías científicamente validadas son la cromatografía de gases y la de líquidos. Sirve de referencia para evaluar o impugnar una pericial sobre antigüedad de documentos.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Aislada · 2032001 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Estándar de prueba en juicios mercantiles. Se rige por la probabilidad preponderante y el principio dispositivo.

    En los juicios mercantiles se aplica el estándar de probabilidad preponderante: se tiene por probado el hecho que, valoradas racionalmente las pruebas, resulte más probable que su contrario. Cada parte debe aportar sus pruebas.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Aislada · 2032004 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Prueba pericial científica en documentos escritos. Estándares que debe observar la persona juzgadora para su admisión en juicios mercantiles.

    Para admitir una pericial científica sobre documentos escritos, el juzgador verifica que la técnica haya sido probada empíricamente, revisada por pares, tenga margen de error conocido y estándares de control. Aplica para ofrecer u objetar periciales.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Aislada · 2032014 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Prueba pericial en grafoquímica. Su definición, objeto y distinción con otras disciplinas forenses para el análisis de documentos.

    La grafoquímica estudia la materia escrita mediante análisis químico e instrumental para identificar o fechar tintas. El criterio la distingue de otras disciplinas forenses de análisis de documentos.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Aislada · 2032016 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Comisión Federal de electricidad (Cfe). Los actos derivados de los contratos de suministro de energía eléctrica a partir de la reforma a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2024, son impugnables en la vía mercantil.

    Tras la reforma constitucional publicada el 31 de octubre de 2024 a los artículos 25, 27 y 28, los actos derivados de contratos de suministro eléctrico con la CFE se impugnan en la vía mercantil.

    Tribunales Colegiados de Circuito (SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO) · Jurisprudencia · 2031995 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Hecho notorio. Al invocarse en una sentencia no tiene el alcance de sustraer una excepción de oscuridad de la demanda de otro asunto, que no fue planteada como defensa en el escrito de contestación de la demanda.

    Que una sentencia invoque un hecho notorio no permite tener por planteada, en otro asunto, la excepción de oscuridad de la demanda que no se hizo valer al contestar. Las defensas deben oponerse en la contestación.

    Tribunales Colegiados de Circuito (CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN LOS MOCHIS, SINALOA) · Aislada · 2032006 · 10 de abril de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Alegatos en el juicio oral mercantil. El principio de preclusión impide que en esa etapa del procedimiento se incorporen cuestiones probatorias.

    En los alegatos del juicio oral mercantil no pueden incorporarse cuestiones probatorias no ofrecidas en su etapa, por preclusión. La prueba debe ofrecerse a tiempo.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Aislada · 2031677 · 23 de enero de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Alegatos en el juicio oral mercantil. La persona juzgadora no está obligada a tomarlos en consideración al dictar sentencia.

    En el juicio oral mercantil el juzgador no está obligado a considerar los alegatos de las partes al dictar sentencia.

    Plenos Regionales (PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO) · Jurisprudencia · 2031678 · 23 de enero de 2026 · Consultar fuente oficial ↗
  • Confusión entre marcas.- la comparación debe precisar sus semejanzas para determinar el grado de confusión, que en su caso se produzca

    Si se concluye que hay confusión entre marcas, la comparación debe motivarse con precisión, por ejemplo al cotejar una marca simple con un signo compuesto que comparte un vocablo idéntico. Sirve para objetar resoluciones genéricas.

    Pleno de la Sala Superior del TFJA · Precedente de Pleno · IX-P-SS-146 · 1 de diciembre de 2022 · Consultar fuente oficial ↗
  • Marcas. Similitud gráfica en grado de confusión.-

    Registrar un signo similar en grado de confusión a una marca ya registrada y vigente actualiza la prohibición de la fracción XVI del artículo 90 de la Ley de la Propiedad Industrial. Conviene hacer búsquedas de anterioridades antes de solicitar.

    Pleno de la Sala Superior del TFJA · Precedente de Pleno · IX-P-SS-147 · 1 de diciembre de 2022 · Consultar fuente oficial ↗
  • Competencia material. Tratándose de un acto emitido por la comisión Federal para la protección contra riesgos sanitarios, relativo a un registro sanitario vinculado con un derecho de propiedad intelectual, corresponde su conocimiento a la sala especializada en materia de propiedad intelectual.-

    Cuando la resolución de COFEPRIS sobre un registro sanitario incluya un informe del IMPI sobre un derecho de propiedad intelectual, conoce la Sala especializada en propiedad intelectual. Afecta a las farmacéuticas.

    Primera Sección de la Sala Superior del TFJA · Precedente · IX-P-1aS-73 · 1 de noviembre de 2022 · Consultar fuente oficial ↗

Texto elaborado por Artegia con fines informativos; no constituye asesoría legal. El texto oficial del criterio es el publicado en el Semanario Judicial de la Federación o en la revista del TFJA.